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FIRMAS INVITADAS: Magdalena Vinent, Directora General de CEDRO


No he podido conocer todavía a Magdalena Vinent, Directora General de CEDRO que será entrevistada para nuestro documental, pero he leído textos suyos y he visto intervenciones suyas en internet. Los compañeros del departamento de prensa de CEDRO me han explicado como funciona la entidad de gestión de derechos y me han pasado materiales. Me ha parecido interesante invitar a la Sra. Vinent a que nos mande un texto sobre erl travbajo que hace CEDRO y sobre la responsabilidad del ciudadano en la gestion de la cultura.
Stéphane

Responsabilidad cultural, por Magdalena Vinent,
Directora General de CEDRO
(Centro Español de Derechos Reprográficos)

Que todos tenemos derecho a ser remunerados justamente por nuestro trabajo creo que es un principio que no cuestiona nadie en una sociedad democrática como la nuestra. Que la contribución de nuestros autores y editoriales al progreso cultural, científico, social y económico es enorme, tampoco. Entonces, ¿por qué se está poniendo en tela de juicio constantemente el derecho de los autores y editores a ser remunerados por el acceso a su trabajo?

Partimos del principio de que el autor es quien decide cómo y cuándo se puede utilizar su obra: puede ponerla al alcance de todos de forma gratuita, pero también puede decidir ser remunerado por su esfuerzo, tiempo y aportación. Ambas decisiones son válidas, compatibles y respetables, y, por supuesto, se pueden dar a la vez. Además, en el ámbito del libro, si un editor publica el texto, también tiene algo que decir al respecto.

En CEDRO trabajamos desde hace más de veinte años para conseguir que nuestros representados, autores (escritores, traductores y periodistas) y editoriales (de libros, publicaciones periódicas y partituras), sean remunerados por determinados uso de sus creaciones, que son complementarios a la venta de ejemplares.

Nuestro ámbito de actuación se centra básicamente en las reproducciones de fragmentos de libros y artículos. Estas copias se hacen fundamentalmente en universidades, centros educativos, organismos públicos, empresas y otro tipo de organizaciones, con fines de formación y documentación para los estudiantes, profesores, empleados, clientes, proveedores, etc.

Hace veinte años nuestra actuación se centraba básicamente en la fotocopia de libros y artículos. Hoy, y desde hace algún tiempo, también trabajamos en el ámbito digital (escaneado de fragmentos de obras, puesta a disposición en una intranet, distribución de la copia por correo electrónico, fijación en CD’s, pendrive, incorporación de la copia del contenido en presentaciones, etc.).

La tecnología tiene en este asunto, como la moneda de Jano, dos caras: ayuda al creador y al editor a difundir más fácilmente las obras, pero también permite la duplicación o copia parcial no autorizada de forma rápida, barata y sencilla.

Los autores y editoriales, a través de CEDRO, autorizan la reproducción de fragmentos de sus obras mediante una licencia. Esto permite por una parte que el usuario pueda utilizar de forma legal esos contenidos, y por otra, que los autores y editores reciban una compensación por esas utilizaciones. De esta forma se consigue el equilibrio necesario entre el derecho del ciudadano a acceder al conocimiento y el de los autores y editoriales a ser remunerados por su trabajo.

El principal problema en España es la falta de responsabilidad con la cultura y sus creadores. La falta de sensibilidad hacia los derechos de propiedad intelectual. Esta falta de responsabilidad se traduce en que:

1.No se da importancia al respeto a la propiedad intelectual. Sin embargo, en las organizaciones se pone la tecnología necesaria para dar acceso y compartir contenidos protegidos por el Derecho de Autor (multifuncionales, fotocopiadoras, escáneres, intranets, etc.). Se valoran los contenidos por los beneficios que reportan, pero no se tienen en cuenta los derechos de propiedad intelectual que generan.

2.Gran parte de los responsables de las organizaciones que son usuarias de copias de nuestro repertorio no quieren abrir espacios de negociación. Desde algunos sectores de la sociedad se nos acusa de no querer negociar con los usuarios, cuando, en el caso de nuestra Entidad, es justamente al contrario. Por ejemplo, en la mayoría de los campus virtuales de las universidades hay copias digitales de páginas de las obras de nuestros socios. Nos hemos dirigido a la CRUE y nos hemos dirigido a las universidades, nadie quiere regularizar esta situación. Este ejemplo se puede extrapolar a otros ámbitos.

3. Se alega falta de presupuesto para hacer frente al pago de la licencia necesaria para reproducir páginas de libros y revistas. Sin embargo, las organizaciones siguen utilizando material protegido y sufragando los gastos y costes de la tecnología para acceder a esos contenidos (pago de aparatos, mantenimiento, conexión a Internet, etc.).

Ante este problema, la solución pasa por conseguir una sociedad responsable con la cultura, al igual que con otros temas que afectan también a los derechos de autores y editoriales, como la compensación por copia privada y la remuneración por el préstamo de obras en bibliotecas.


Magdalena Vinent, Directora General de CEDRO

Web de CEDRO

Blog de CEDRO

8 Comentarios

Es muy interesante leer lo que dicen las entidades de gestión así detenidamente. Para ser breve me centro en cuestiones básicas y a ver si alguien me sigue porque el post de Magdalena Vinent tiene algunos de los elementos más importantes que en mi opinión hay en el actual debate sobre la propiedad intelectual.
El primero es precisamente que no se quiere entrar en el debate. Toda la intervención descansa sobre la idea de "los derechos de propiedad intelectual que se generan" como si se generaran por arte de magia. Que yo sepa se generan porque hay una ley y después hay una interpretación de esa ley por parte de las entidades de gestión, instituciones varias y hasta de jueces en última instancia.
Pues bien, es la generación de esos derechos de propiedad intelectual la que está en cuestión y con ella la actual ley de propiedad intelectual y todas las entidades que la interpretan diariamente. La intervención de la Directora General de CEDRO da por sentado que esos derechos son incuestionables, y claro así no hay nada que debatir.
A lo mejor es que hay gente que piensa que las páginas de los libros que hay en las universidades no deberían generar los derechos que Uds. mantienen que generan. Porque digo yo que no le habrán preguntado a todos sus autores y editores si están de acuerdo o no con que se tengan sus libros en esas universidades para digamos, aprovechamiento social. Estoy seguro que habrá quien no esté de acuerdo con que se pretenda cobrar por ello. ¿Que hacen entonces? ¿Cobran solo los derechos de aquellos que desean cobrarlos?
He de confesar que estoy muy sensibilizado con ese asunto pues soy autor y productor, lo que quiere decir que las entidades de gestión cobran mis derechos, con los que yo no estoy de acuerdo, y de momento no puedo hacer absolutamente nada, ni siquiera exigir que me los abonen a mi para dárselos a un orfanato en Uganda, pues para ello debo hacerme socio de una institución en la que no creo y por supuesto darles un porcentaje de los derechos. ¿Como se come eso?

Respecto a los derechos de autor que generan los libros y textos que se usan en las universidades y centros educativos voy a ser muy breve. Para ello citaré textualmente la parte que compete de la ley de propiedad intelectual:
Libro 1º, TITULO III, Duración y límites, CAPITULO II, Límites:
Artículo 37. Libre reproducción y préstamo en determinadas instituciones.
1. Los titulares de los derechos de autor no podrán oponerse a las reproducciones de las obras, cuando aquéllas se realicen sin finalidad lucrativa por los museos, bibliotecas, fonotecas, filmotecas, hemerotecas o archivos, de titularidad pública o integradas en instituciones de carácter cultural o científico, y la reproducción se realice exclusivamente para fines de investigación.
2. Asimismo, los museos, archivos, bibliotecas, hemerotecas, fonotecas o filmotecas de titularidad pública o que pertenezcan a entidades de interés general de carácter cultural, científico o educativo sin ánimo de lucro, o a instituciones docentes integradas en el sistema educativo español, no precisarán autorización de los titulares de los derechos ni les satisfarán remuneración por los préstamos que realicen.

Personalmente creo que la problemática la tienen los autores con las editoras y sus contratos leoninos. Intentar culpar al cliente de la falta de ingresos por venta de los creativos es un error que traerá consecuencias graves para los mismos autores.

A Juan Luis de No, estoy muy de acuerdo con lo que comentas, pero precisar que creo que en el caso concreto de CEDRO no hace falta asociarse para reclamar el dinero que han recaudado de tu obra con lo que sí podrías pedirlo y dedicarlo a donarlo. Por cierto que colaboro con una organización curiosamente en Uganda, así que estaré encantado de charlar.

Sobre lo demás del debate que no se permite abrir porque no se cuestiona la naturaleza del derecho, totalmente de acuerdo. En primer lugar me gustaría recordar que la llamada propiedad intelectual es de hecho un sistema por el que el estado da el monopolio sobre la creación a los autores.

Juan Luis, muchas gracias por leer el artículo. Voy a comentar algunas de las cuestiones que ha apuntado porque creo que son de gran interés y es importante aclararlas. No se trata de dar nada por sentado, mi postura se basa en el marco legislativo vigente y en los principios que lo inspiran. Los derechos de propiedad intelectual garantizan a autores y editores un retorno de su inversión creativa y económica, única forma, por otra parte, de que continúen desarrollando su trabajo. Como decía en mi artículo, la aportación de autores y editores al progreso cultural, científico y económico es incuestionable y para mantenerlo y fomentarlo es necesario fortalecer los derechos de autor, tanto en el ámbito analógico como en el digital. Es cierto que los temas relacionados con la propiedad intelectual están en continuo debate, pero lo único que se está cuestionando en él es el derecho de los creadores y editores de contenidos a ser remunerados por su trabajo. Es necesario reflexionar seriamente sobre este asunto. La demanda de productos culturales va a seguir existiendo siempre, pero los contenidos disponibles en un futuro serán los procedentes de los países donde se potencia la creatividad y la innovación, y esto solo se consigue protegiendo los derechos de propiedad intelectual.
En algunas ocasiones se producen controversias que acaban en los tribunales, y en esas situaciones son los jueces los que tienen que decidir. En cualquier caso, los autores y editores están adaptando las formas de ejercicio de sus derechos de propiedad intelectual a los nuevos espacios y entornos donde son utilizadas las obras. Lo que es incuestionable es que los creadores son los que tienen que decidir sobre sus obras, independientemente de si se divulgan en papel, en línea o en soporte digital. Este principio, reconocido en todos los tratados internacionales, es nuestro punto de partida. Tampoco hay que olvidar que esos derechos no son derechos absolutos: las legislaciones establecen ciertos límites a la propiedad intelectual con el fin de facilitar el acceso a la cultura. La participación de CEDRO en el documental y en este blog es una muestra de nuestra predisposición al diálogo y al intercambio de opiniones, que, generalmente, siempre resultan enriquecedores. Por ese mismo motivo, también expresamos nuestra postura. Actualmente son miembros de CEDRO más de 18.000 autores y editoriales, algo más del 95 % de la edición privada, y también representamos en España a los autores y editoriales de otros 33 países. Cuando un titular de derechos se incorpora a nuestra Entidad nos encarga, a través del contrato de adhesión, precisamente, que llevemos a cabo la labor de concesión de licencias. Finalmente, quiero explicarle que no es imprescindible asociarse a CEDRO para hacer efectivos los derechos de gestión colectiva obligatoria. Los titulares que no son miembros de CEDRO nos solicitan los derechos que les corresponden y se los abonamos. Este es el caso de la copia privada. En nuestra página puedes encontrar información al respecto. Por otra parte, cualquier gestión conlleva unos gastos que de forma directa o indirecta los tiene que abonar el beneficiario de los derechos.

Mario, el artículo 37 prevé una serie de excepciones o límites al derecho de autor, que básicamente consisten en que el usuario no tiene que solicitar la autorización previa del titular de derechos para llevar a cabo ciertos usos de sus obras en determinados establecimientos y con ciertos fines. En concreto, el artículo que menciona se refiere al ámbito bibliotecario y no al educativo.
La excepción para el ámbito educativo se recoge en el artículo 32 de la Ley de Propiedad Intelectual, y este hace referencia a que no es necesaria la autorización previa de los titulares de derechos para la utilización de pequeños fragmentos de obras para la ilustración de la enseñanza en las aulas. Para todos los demás casos en el ámbito educativo son necesarias las licencias de reproducción de CEDRO. En conlicencia.com puede ampliar información al respecto.

Aun me parece más vergonzoso. Una cosa es la adquisición de la obra eb cuestión, que evidentemente ha de ser abonada para su exposición, y otra muy distinta es convertirla en una hipoteca de por vida, máxime cuando se trata de cuestiones edicativas.
Absolutamente vergonzante...

lo dicho. todos tenemos derecho a ser remunerados por nuestro trabajo.

lo contrario no es justo

Por supuesto. Nadie dice lo contrario. Las cuestión es que el trabajo del artista es remunerado infinitas veces, a pesar de haber sido adquirido por un tercero, que lejos de lucrarse con su reproducción, pormociona el trabajo en locales de pública concurrencia o en centros de enseñanza.
Pongamos por ejemplo a los músicos, cuando hacen un trabajo y lo graban. Supongo que utilizan equipos de sonido que han comprado o alquilado. Y supongo que todos somos conscientes de que esos equipos de sonido se han fabricado tras un trabajo intelectual y un proceso de diseño. Y supongo que el artista quedaría muy confuso si tuviera que pagar parte de su trabajo en concepto de tasa al fabricamte intelectual del equipo de grabación. De hecho no se da el caso, aunque habría que plantearlo como posivilidad, ya que todo trabajo intelectual o físico se beneficia de forma directa o inderecta de un trabajo intelectual o físico anterior. Podríamos entrar en una cadena de tasas infinita, claro está, si a todos los intelectuales y trabajadores se les tratase por igual.

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¡Copiad, malditos!


Stephane Grueso es el director de “¡Copiad, malditos! derechos de autor en la era digital”, un documental sobre propiedad intelectual, derechos de autor y el futuro de la cultura. El trabajo ha sido producido por elegant mob films junto con TVE.
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