Bosques y Fracking
viernes 25.ene.2013 por Pilar Sampietro 6 Comentarios
Una mañana, los vecinos del pequeño y tranquilo pueblo de Riudaura, en la zona de la Garrotxa catalana, descubrieron en el bosque marcas azules pintadas en los árboles. La sospecha de que alguna empresa comenzaba a hacer prospecciones para realizar fracking los alertó. El pueblo, muy cercano a Olot, forma parte del denominado proyecto Ripoll , una iniciativa empresarial para encontrar nuevos yacimientos de gas y petróleo. Ya en los años 60 se intentaron perforaciones en esta zona volcánica pero se abandonaron porque no eran rentables. Ahora la necesidad y la técnica han vuelto de la mano.
La técnica del fracking está prohibida en países como Francia, Holanda o Bulgaria, pero no en España y como nos comenta Hector de Prado, responsable de energía de Amigos de la Tierra, vuelve a Europa una ola de necesidad por aplicarla para encontrar petróleo y gas de esquisto. Héctor explica en el programa cómo el fracking inyecta agua a presión mezclada con productos químicos y arena para extraer el hidrocarburo, con el consiguiente peligro para los acuíferos de la zona que pueden ser contaminados
Un árbol no tiene que convertirse nunca en el poste de señales llamativas para delimitar extracciones. Es un ser vivo con un sistema vascular que responde a las agresiones de igual forma que el humano. Un reciente estudio internacional acaba de comprobar cómo debido al cambio climático, los árboles de todos los bosques del planeta están llegando a su umbral de seguridad hidráulica. La sequía, dice el estudio, provoca embolias en el sistema circulatorio de los árboles. En esta investigación ha participado Jordi Martinez, científico y ecólogo. Nos cuenta que sólo con observar el árbol y comprobar cómo está perdiendo hojas o su color disminuye de intensidad, sabremos que su red hidráulica, sus "tuberías", están fallando
La falta de agua está detrás no tan solo del estrés hídrico de nuestros bosques sino también de la compra masiva de terrenos en diferentes países africanos. Así lo muestra Vicent Boix en su libro "Piratas y pateras. El acaparamiento de tierras en África" que acaba de publicar en la editorial Icaria. Boix recuerda las recientes crisis alimentarias que afectan al Cuerno de África y al Sahel, y explica cómo miles de personas són desalojadas de sus tierras y se generan menos puestos de trabajo
Hablamos con todos ellos este próximo Sábado 26 de Enero a las 11h en REE.
Si quieres escucharlos puedes hacerlo a través de esta aplicación para seguir la emisión en directo http://www.rtve.es/radio/radio-exterior/
(8) AUM,Ents en El Bosque Habitado dijo
http://www.youtube.com/watch?v=SWRHxh6XepM
http://video.google.es/videoplay?docid=-8655541224775286050#
http://blogueiros.axena.org/wp-content/uploads/2009/11/galateeoceansscreenshot-1024x499.jpg
(8) AUM,darse cuenta ;)!!! dijo
!ÄHÖ! ÖÖH! Gracias!Brav@ Paloma Cabadas en R3 !!!
http://palomacabadas.com/
.....AAAAAHHHOOOOOOOOOOOOOOOOO :DDDD NamastëË ;)
P.D. http://www.igualdadanimal.org/
(8) AUM,darse cuenta ;)!!! dijo
Con Ciencia Indígena
ESTOY LLORANDO
Estoy llorando sentada aquí en esta piedra.
El llorar aquí vale la pena, se llora bien:
mis ojos ya están hinchados.
Todos lloramos por algo; unos poco, otros mucho,
hoy, lloro sin dejar de mirar a través de mis lágrimas.
A veces no quieres llorar, pero te hacen llorar,
el llanto nos persigue y morimos con él.
No hay día especial para llorar.
por eso, hoy lloro, mientras puedo,
mientras sé llorar,
mientras mis ojos no se han secado.
El llanto no se vende,
el llanto es sagrado para aquel que lo llora,
y una lágrima bien llorada merece respeto por aquel que no la llora.
Angélica Ortíz
Poeta Wixárika
http://sphotos-b.ak.fbcdn.net/hphotos-ak-ash4/480834_10151178135822084_1551962232_n.jpg
(8) dijo
http://www.youtube.com/watch?v=xKh7kgPjX7c
http://www.youtube.com/watch?v=UJ4VaaUUMbQ
(8) dijo
http://salvemoswirikuta.blogspot.com.es/
Stop Mineria Los Toros La Pesca Y Fracking...entre otras cosas,no? joË Ti@!
Dejar de consumir carne y pescado !!! Detener La Pesca Mundial y La Carniceria Mundial !!!
Omniplus para todos Ya!!!
http://sphotos-c.ak.fbcdn.net/hphotos-ak-frc3/580034_523722217678131_764962293_n.jpg
http://www.rtve.es/radio/
Bravisimos RTVE, Rne R3 R5 Rclasica Documentos Tv, Informe Semanal, Archivo, 24 hrs, la(2) ...bravisimos Tod@s! GRACIAS.
(8) dijo
Artículo 1 :
Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos.
Artículo 2 :
Toda persona tiene los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna.
Artículo 3 :
Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
Artículo 4 :
Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre.
Artículo 5 :
Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes..
Artículo 6 :
Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.
Artículo 7 :
Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley..
Artículo 8 :
Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo, ante los tribunales nacionales competentes.
Artículo 9 :
Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.
Artículo 10 :
Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial.
Artículo 11 :
Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad.
Artículo 12 :
Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada.
Artículo 13 :
Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
Artículo 14 :
En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo y a disfrutar de él, en cualquier país.
Artículo 15 :
Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
Artículo 16 :
Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia; y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.
Artículo 17 :
Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
Artículo 18 :
Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión.
Artículo 19 :
Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión.
Artículo 20 :
Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
Artículo 21 :
Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país.
Artículo 22 :
Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.
Artículo 23 :
Toda persona tiene derecho al trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo. Toda personal tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, asi como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.
Artículo 24 :
Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre.
Artículo 25 :
Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, asi como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios.
Artículo 26 :
Toda persona tiene derecho a la educación.
Artículo 27 :
Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad.
Artículo 28 :
Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.
Artículo 29 :
Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad.
Artículo 30 :
Nada en la presente Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.